PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO URBANO DE IZTAPALAPA, PUBLICADO EN G.O.D.F. EL 2 DE OCTUBRE DE 2008
USOS DEL SUELO PERMITIDOS
HABITACIONAL (H)
GÉNERO SUBGÉNERO TIPO USOS PERMITIDOS  
Habitación Vivienda Habitacional Unifamiliar  
Habitacional Plurifamiliar  
Comercio Comercio al por menor Comercio vecinal de productos alimenticios frescos o semiprocesados Carnicerías, pollerías, recauderías, lecherías, venta de lácteos, embutidos, salchichonería, rosticerías, tamalerías, bienes alimenticios elaborados a partir de la materia prima ya procesada, entre otros; panaderías, paleterías, neverías y dulcerías. A
Comercio vecinal de productos básicos, de uso personal y doméstico Minisúperes, misceláneas, tiendas de abarrotes, tiendas naturistas, materias primas, artículos para fiestas, estanquillos, perfumerías, ópticas, farmacias, boticas y droguerías; zapaterías, boneterías, tiendas de telas y ropa; paqueterías y joyería; tiendas de equipos electrónicos, discos, música, regalos, decoración, deportes y juguetes, venta de mascotas y artículos para mascotas con servicios veterinarios, librerías y papelerías; fotocopias, tlapalerías, mercerías y florerías; venta de ataúdes; expendios de pan y venta de productos manufacturados. A
Servicios Servicios técnicos, profesionales y sociales Servicios básicos en oficinas, despachos y consultorios a escala vecinal Consultorios para: odontólogos, oftalmólogos, quiroprácticos, nutriólogos, psicólogos, dental y médicos; atención de adicciones, planificación familiar, terapia ocupacional y del habla; alcohólicos anónimos y neuróticos anónimos. A
Oficinas de gobierno dedicadas al orden, justicia y seguridad pública Garitas y casetas de vigilancia.  
Representaciones oficiales, diplomáticas y consulares Representaciones oficiales, diplomáticas y consulares, estatales o gubernamentales.  
Servicios de educación preescolar y cuidado de menores Guarderías, jardines de niños y escuelas para niños atípicos y centros de desarrollo infantil (permitidos en todos los niveles).  
Industria Producción manufacturera básica Producción artesanal o microindustrial de productos alimenticios, de uso personal y para el hogar Producción artesanal y microindustrial de alimentos (tortillerías, panaderías);  confección de prendas de vestir; confección de otros artículos textiles a partir de telas, cuero y piel; producción de artículos de madera; carpintería y ebanistería; producción de artículos de papel, cartón o cartoncillo; producción de artículos de vidrio y cerámicos no estructurales; envasado de aguas purificadas o de manantial, producción de velas y jabones. A
NOTAS: 1.- Los usos que no están señalados en esta tabla, se sujetarán al procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
2.- Los equipamientos públicos existentes, quedan sujetos a lo dispuesto por el Art. 3° Fracción IV de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; así como las disposiciones aplicables sobre bienes inmuebles públicos.
3.- La presente tabla de usos del suelo no aplica para los Programas Parciales, ya que éstos cuentan con normatividad específica.
NOTA A A: En las colonias con zonificación H (Habitacional) se permite el comercio y los servicios básicos en planta baja en un área máxima de 40 m² por lote.